La resiliencia urbana describe la capacidad de las ciudades para funcionar, de forma que las personas que viven y trabajan en estas, particularmente los pobres y vulnerables, sobrevivan y prosperen, sin importar qué estrés o irrupción ellos encuentren.
En el contexto de las ciudades, la resiliencia ha ayudado a cerrar la brecha entre la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. La resiliencia se enfoca en mejorar el funcionamiento de un sistema ante el riesgo de múltiples amenazas, en vez de prevenir o mitigar la pérdida de bienes debido a eventos específicos.
Dentro de las consideraciones de una ciudad resiliente se encuentra aquella donde exista un planeamiento integrado del desarrollo, indicado por la presencia de una visión de ciudad, una estrategia integrada de desarrollo, y planes que son regularmente revisados y actualizados por grupos interinstitucionales.
A partir de lo reseñado en la sección anterior, este análisis busca evaluar, ¿qué opciones de política pública e instrumentos normativos tienen las autoridades urbanísticas y la sociedad en general, para generar procesos que aporten a la resiliencia urbana?
Panamá enfrenta brechas entre gestión de desastres y adaptación climática, con enfoques sectoriales en ordenamiento territorial.
El marco legal panameño incorpora principios relacionados con la gestión integral del riesgo de desastres y el manejo integrado de cuencas, más no con la resiliencia urbana.
La brecha entre el aspecto de la gestión del desastre y la adaptación al cambio climático aún no se ha cerrado.
Se entiende el ordenamiento territorial como algo sectorial. Así en Panamá existe un ordenamiento territorial ambiental, administrado por el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente), y que tiene como uno de sus instrumentos principales los planes de Ordenamiento Territorial Ambiental de las Cuencas Hidrográficas, y un ordenamiento urbano, administrado por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot).
No existe complementariedad, integración ni coordinación en el planteamiento del marco normativo ni en su implementación.
En términos generales la normativa de ordenamiento territorial del país se caracteriza por su fraccionamiento y falta de articulación, claridad de alcances y de una imagen u objetivo a lograr con su implementación. A esta situación de fragmentación de la normativa de ordenamiento territorial hay que añadir el bajo nivel de implementación que la misma tiene. Por ejemplo, hasta el momento en el área metropolitana de Panamá no se ha desarrollado ningún plan de ordenamiento territorial ambiental y solo hay planes de ordenamiento urbano aprobados para los corregimientos del área este (Tocumen, Las Mañanitas y 24 de Diciembre) y el corregimiento de San Francisco en el distrito de Panamá, además del Plan Metropolitano y el de la Región Interoceánica.